A todo vapor aprobó Congreso de Michoacán reforma federal en materia de jubilaciones y pensiones
Sesión virtual del Congreso | Imagen. Captura de pantalla

El Congreso de Michoacán aprueba a todo vapor la reforma de pensiones, limitando las jubilaciones y salarios de servidores públicos.

Morelia, Michoacán.- A todo vapor, el Congreso de Michoacán aprobó este viernes la reforma constitucional federal en materia de jubilaciones y pensiones, a menos de 24 horas que la Cámara federal le diera luz verde.

En lo que fue la primera sesión virtual realizada por la LXXVI Legislatura local, con la asistencia de 36 legisladores, fue aprobada por unanimidad la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman del párrafo segundo, las fracciones II y III, y se adicionan a la fracción IV del mismo párrafo segundo, los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La única intervención para fijar posición, la realizó el coordinador parlamentario del PAN, Antonio Salas Valencia. Debido a la mala señal con que contaba su participación fue entrecortada, en ella, aludió a la Comisión Federal de Electricidad y Banobras, recordó que sus trabajadores solían retirarse a una corta edad y tenían retribuciones de cientos de miles de pesos, “que no son proporcionales ni reales, a lo que vive un trabajador en promedio, es decir, se tenían que sostener con recursos de todos”.

Sobre la reforma refirió que el tope establecido por el Congreso Federal para estas pensiones es de 64 mil 145 pesos, esto es, la mitad de la percepción de la presidenta de la República,

“Lo que de momento parece justo, si se compara con un trabajador, un obrero, un oficinista o un técnico, sin embargo, la duda sigue siendo ¿por qué seguirlo tasando así?, ya que es un argumento político y no sustentado en las capacidades, la experiencia, las aportaciones que cada trabajador haga y sobre todo con la responsabilidad que tenga”.

Cuestionó que en los últimos días se haya usado una narrativa que aludía a miles de trabajadores con pensiones millonarias,

“Incluso se dieron nombres y cargos de manera pública, para después comprobar mediante solicitudes de información, que no era realmente así. La incógnita que sigue sin resolverse es la retroactividad y aplicabilidad jurídica de esta reforma”.

Cabe apuntar que la reforma constitucional precisa la aprobación de la mayoría de los Congresos locales, para adquirir validez y ser publicada en el Diario Oficial de la Federación para que entre en vigor.

Dicha reforma establece que ninguna persona servidora pública podrá recibir remuneración, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente.

Además ninguna persona servidora pública podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico; salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función, la suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente.

Asimismo, se establece que en cualquier caso,

“Las jubilaciones o pensiones del personal de confianza a cargo de los organismos descentralizados, las empresas públicas del Estado, las sociedades nacionales de crédito, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales, todos del Gobierno Federal, así como los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria, las empresas públicas y los fideicomisos públicos, de las entidades federativas y de los municipios, no deberán exceder de la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente”.