Buscan prohibir que dos o hombres más viajen juntos en motocicleta
Foto: Ilustración

Legisladores del Congreso local buscan prohibir que dos o más hombres viajen juntos en motocicleta por seguridad

Argumentando temas de seguridad, en el Congreso local se plantea prohibir el tránsito en motocicleta de dos hombres en un solo vehículo, con algunas excepciones, como el que uno sea menor de edad, tenga una discapacidad, sea un adulto mayor, por temas de trabajo, o sean familiares.

La propuesta es promovida por el perredista Víctor Manuel Manríquez González, quien rechaza que la medida pretenda restringir derechos y libertadas como el de la movilidad, o bien que sea discriminatoria hacia los hombres.

En la exposición de motivos de la propuesta argumenta que dentro de las diversas manifestaciones de robos y –sobre todo- homicidios que aquejan las zonas públicas, es posible advertir que el uso de motocicletas para la ejecución del delito ha cobrado especial relevancia.

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“La capacidad que ofrecen estos vehículos y sus implementos para explorar lugares públicos, identificar víctimas, ocultar la identidad de sus ocupantes, huir del lugar y evitar obstáculos durante una eventual persecución los ha convertido en un potencial instrumento de proliferación de violencia”.

Como referencia el legislador pone entre otros, el caso de Medellín, Colombia en donde se ha dado la prohibición de la movilización en motocicletas de acompañantes de sexo masculino.

La reforma que plantea el perredista es a la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado, en donde en los supuestos previstos para suspender la circulación a un vehículo, propone incluir el “transportarse más de una persona masculina en vehículo motorizado de dos ruedas”.

De manera tácita prevé que el artículo 43 bis establezca: “Está prohibido transportarse más de una persona masculina en vehículo motorizado de dos ruedas”.

En cuanto a las excepciones para la aplicación este ordenamiento prevé que se den cuando el acompañante se trate de un menor de 13 años; cuando la persona acompañante presente alguna discapacidad; si la persona acompañante es un adulto mayor de la tercera edad; si se acredita el parentesco en primera línea consanguínea con el conductor; si el traslado es utilizado como parte de movilidad del trabajo que desempeñen y estos deberán estar debidamente acreditados; y al personal de las instituciones de seguridad pública y emergencias.

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Sobre las sanciones a imponer se prevé que éstas puedan ser de manera separada o conjunta a los ocupantes de la motocicleta, además se les podrá retirar el vehículo en los casos de flagrancia delictiva o que se ponga en riesgo a la sociedad por conducir bajo el influjo de drogas o bebidas alcohólicas, cuando en el vehículo no se porte en ese momento con algún documento oficial, como placa, tarjeta o permiso de circulación.

Patricia Monreal ejerce el periodismo desde 1996 en Michoacán, México. Ha laborado y colaborado en diferentes medios nacionales y locales, así como en proyectos independientes tanto en investigación, como reportera, editora, columnista, caricaturista...