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La dirigencia del SPUM se encuentra acéfala tras la negación de su ‘toma de nota’ por irregularidades

Morelia, Michoacán.- Ante la resolución que emitió la Coordinación General de Registro de Asociaciones del Gobierno de México, del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, para negar la “toma de nota” a la nueva dirigencia del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), la dirigencia de la asociación gremial de docentes nicolaitas ¿queda acéfala?

Hay que destacar que la Coordinación General de Registro de Asociaciones, determinó negar la toma de nota a la nueva dirigencia del SPUM, que encabezaría Ramiro Silva Orozco, por distintas “irregularidades”, entre las que destaca que no se cumplió con el padrón de votantes actualizado, y es que, en los documentos que enviaron para legitimar su elección, adjuntan uno que data de 2019, cuando la autoridad requiere cada 3 meses el padrón de afiliados.

En la resolución emitida, también se destaca que no hay evidencia de que se haya realizado la asamblea necesaria para convocar a elecciones (en casos extraordinarios) que requiere un acuerdo superior de las dos terceras partes del total de agremiados al sindicato. Y tampoco, que el 33 por ciento de los trabajadores, la hayan convocado ante la negativa de la dirigencia en funciones de hacerlo.

También, se hace hincapié en que ninguna de las tres personas que se ostentan como secretario general del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana, tiene una toma de nota vigente, es decir, no hay una dirigencia sindical legal en el SPUM, lo que la hace acéfala, hasta en tanto se convoque, con todos los requisitos a cumplir a una nueva elección, tal como lo señala la resolución:

“Requiérase a la Coordinación General de Verificación para que convoque y organice de nueva cuenta la elección y que los agremiados del “Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana” mediante voto personal, libre, directo y secreto, elijan a su
Comité Ejecutivo General y Comisiones Autónomas en términos de lo dispuesto por los artículos 371 y 371 Bis fracción III de la Ley Federal del Trabajo”.

Ireri Piña es licenciada en Periodismo, reportera de Educación, Turismo, multifuente. Contadora de historias y causas sociales; michoacana, moreliana