La CoIDH sentencia al Estado mexicano por el caso de Ernestina Ascencio, exigiendo justicia y reparaciones por la violación sexual, tortura y muerte.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) ha responsabilizado al Estado mexicano por la “violación sexual, tortura y muerte” de Ernestina Ascencio Rosario, ocurridas en 2007 en la sierra de Zongolica, Veracruz, a manos de soldados.
En su fallo, la CoIDH determinó que el Estado no cumplió con su deber de proporcionar atención médica adecuada, lo que resultó en la muerte de la mujer indígena náhuatl de 73 años.
Además, la Corte señaló que México no investigó con la debida diligencia estos hechos, cerrando la investigación prematuramente y sin abordar adecuadamente las perspectivas de género, étnicas y etarias.
La señora Ernestina, una mujer indígena náhuatl monolingüe de la comunidad de Tetlalzinga, fue “violada por miembros del Ejército mexicano el 25 de febrero de 2007”, durante el gobierno de Felipe Calderón, en el contexto de la lucha contra el narcotráfico.
La Corte determinó que la violación constituyó un acto de tortura, ya que fue intencional y causó sufrimientos físicos y mentales severos, con el objetivo de intimidar y controlar a la víctima.
En la notificación participaron representantes del Estado mexicano, como Víctor Sánchez Colín y Rosalinda Salinas, junto a los representantes legales de las víctimas.
Rodrigo Mudrovich, juez vicepresidente de la CoIDH, ordenó al Estado realizar una investigación penal exhaustiva sobre el caso para identificar y sancionar a los responsables.
Reconocimiento de responsabilidad
También se ordenó un acto público de reconocimiento de responsabilidad y brindar atención médica y psicológica adecuada a los hijos de Ernestina.
Además, el Estado debe otorgar becas a los descendientes de Ernestina para estudios básicos o técnicos. La CoIDH resolvió que el Estado violó los derechos a la vida, integridad, salud, no discriminación y acceso a la justicia de Ernestina Ascencio.
El tribunal aceptó el reconocimiento parcial de responsabilidad por parte del Estado y desestimó excepciones preliminares sobre el agotamiento de recursos internos.
México deberá asegurar servicios de intérpretes en el Hospital Regional de Río Blanco y la Fiscalía General de Veracruz, y pagar indemnizaciones a los familiares de Ernestina, además de reintegrar recursos al Fondo de Asistencia Legal de la CoIDH.
El Estado tiene un año para informar a la Corte sobre las medidas adoptadas para cumplir con la sentencia. La Corte supervisará el cumplimiento de la sentencia hasta que se considere completo.

