Conoce las excepciones al registro de líneas telefónicas con CURP en México y quiénes deben cumplir con esta normativa.
En enero de 2026, México implementó el registro obligatorio de líneas telefónicas, vinculando los números a la CURP o RFC.
Esta medida, aprobada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), busca reducir el anonimato en delitos como estafas.
Sin embargo, existen excepciones a esta normativa. Según el Artículo 1 de los Lineamientos para la Identificación de las Líneas Telefónicas Móviles, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las SIM que no pueden realizar llamadas, enviar SMS o efectuar llamadas por Internet están exentas.
Otras excepciones incluyen:
- – Líneas empresariales, como teléfonos gubernamentales, servicios de emergencia y atención ciudadana.
- – Menores de edad, donde los tutores deben completar el proceso de vinculación.
- – Tabletas con planes de datos sin SIM para llamadas.
- – Usuarios con datos personales ya vinculados al contratar la línea, donde el operador realizó el registro.
Todos los demás usuarios deben vincular sus números antes del 30 de junio de 2026.
Las empresas telefónicas en México envían recordatorios frecuentes para que los usuarios registren sus números.
¿Qué se necesita para registrar una línea celular?
Según el DOF, los documentos requeridos para que una persona física asocie su número con un proveedor de servicios son:
- – Credencial para votar o pasaporte.
- – Clave Única de Registro de Población (CURP).
- – Para extranjeros, la versión temporal del documento.
Para personas morales, como sociedades y empresas, es necesario presentar los documentos anteriores junto con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

