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Morelia, Michoacán.- De conformidad con la legislación laboral que se aplica en México, diciembre es el mes donde los trabajadores deben recibir el aguinaldo. Es una prestación irrenunciable que los patrones están obligados a dar en tiempo y forma a todos los trabajadores a su servicio, en caso de incumplimiento entonces la propia ley prevé sanciones severas a los infractores.

El dinero que se obtiene por concepto de aguinaldo en un gran porcentaje se destina a compras, en muchos de los casos se gasta en artículos que no son de primera necesidad, por lo que al final, muchos trabajadores se quedan con la sensación de haber despilfarrado el dinero obtenido por un año de trabajo.

Muchos ciudadanos por las prestaciones de fin de año programan la adquisición de bienes inmuebles, muchos con el propósito de garantizar la tranquilidad de sus familias y para darle un destino útil a sus ingresos.

Sin lugar a dudas, la compraventa de bienes raíces viene a ser uno de los actos jurídicos más recurrentes y en esta época del año es cuando se presenta mayor cantidad de movimientos de esta naturaleza, por tal razón vale la pena anotar algunos consejos útiles para quien pretende realizar operaciones como las señaladas y que considero, deben tomar en cuenta para no ser defraudados y adquirir con certeza legal la propiedad deseada.

El artículo 1413 del Código Civil para el Estado de Michoacán señala que habrá compraventa cuando uno de los contratantes  se obliga a trasferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero. Esta normatividad es la que aplica para cuando se adquiere una casa o un terreno, por ello la primera recomendación es revisar la legislación para saber de qué forma debe celebrase el contrato.

Lo ideal es que el interesado acuda al notario público de su preferencia para obtener la asesoría necesaria y pueda concluir satisfactoriamente su transacción, cabe señalar que los notarios de la entidad deben orientar jurídicamente a los ciudadanos  de manera gratuita.

Un paso fundamental para adquirir un bien inmueble es cerciorarse que el mismo este registrado en favor de quien pretende vender y se encuentre libre de gravamen, es decir, que no presente embargos, hipotecas o alguna otra restricción. Esta información se puede obtener de manera gratuita en el Registro Público de la Propiedad, solo para el caso de requerir copias de los documentos y certificaciones sobre el estatus legal será necesario pagar los derechos que al efecto le ley señala.

Cuando ya se tiene la certeza de la propiedad que se va a comprar, entonces el paso siguientes será acudir a la notaria publica de la elección del interesado, en donde le solicitaran varios requisitos, entre otros los siguientes: el título de propiedad o la escritura que ampara el inmueble, el recibo de pago del impuesto predial del año en curso, las identificaciones oficiales de los contratantes, la CURP o clave única de registro de población, el registro federal de contribuyentes. El último de los requisitos señalados es un documento necesario sin el cual no se podrá realizar la operación de compraventa, para tal supuesto, la notaria respectiva podrá asesorar a los interesados para obtener el documento señalado.

Con estos requisitos mínimos se puede iniciar la formalización de la compraventa. El notario por su parte mandara solicitar el certificado de libertad de gravamen y cumplirá otras leyes como las fiscales y en materia de lavado de dinero.

El tema de los impuestos muchas veces genera dudas e incertidumbre entre los contratantes, al efecto, podemos anotar que la carga tributaria se reparte entre vendedor y comprador. Para el caso del vendedor deberá pagar el impuesto sobre la renta y el comprador el impuesto traslativo de dominio. La ley establece que las partes acordaran la forma de pagar los gastos de escrituración, en caso contrario se pagaran por mitad. En la práctica normalmente el comprador asume los gastos necesarios de escrituración y los honorarios del notario. Si la compraventa es de un inmueble comercial entonces se pagara el Impuesto al valor agregado que en el país es del 16% del monto de la operación.

Como ya lo señale la compraventa es una de las operaciones jurídicas más comunes que realizan los ciudadanos, pero ahora, una de las más vigiladas por las autoridades hacendarias. Pareciera complicado realizar una transacción de este tipo, pero la recomendación puntual es que dejen todo en manos del notario público.

La asesoría profesional es indispensable para llevar a buen término la formalización de un contrato de compraventa y nada mejor que contar con un título de propiedad con todos los requisitos que establece la ley.

La seguridad jurídica y la tranquilidad familiar bien valen la pena.

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