Libró Baltazar Gaona juicio en su contra promovido por Grecia Quiroz
Baltazar Gaona, en junio pasado, al sacar un pañuelo blanco frente a la disputa con Grecia Quiroz | Foto. Contramuro

Frente a sus dichos sobre Grecia Quiroz, en el juicio promovido en su contra por la munícipe, libró Baltazar Gaona alguna responsabilidad al respecto.

Morelia, Michoacán.- El presidente de la Mesa Directiva del Congreso, Baltazar Gaona García, libró el juicio en su contra promovido por la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz García, por sus dichos acerca de que sólo será recibida en oficialía de partes en caso de acudir a Palacio Legislativo.

El Tribunal Electoral del Estado (TEEM), resolvió este jueves el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía (JDC) 061/2026, promovido por la munícipe, frente a los dichos de Baltazar Gaona del cuatro y diez de junio, luego de haber declarado “non grata” a Quiroz en el Congreso local.

El proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Adrián Hernández Pinedo fue aprobado por mayoría, sólo con el voto en contra de la presidenta del organismo, Amelí Gissel Navarro Lepe.

En la sentencia se establece como inexistente la vulneración a los derechos político-electorales de Grecia Quiroz, bajo el argumento de que si bien están acreditadas las manifestaciones realizadas por Baltazar Gaona, de las cuales se advierte un posicionamiento particular respecto de las condiciones en las que se brindaría la atención a la munícipe, en caso de asistir a las instalaciones de Congreso; “resulta inviable que tales declaraciones, por sí solas y de forma automática, acrediten la existencia de una afectación directa, inmediata y material a la esfera jurídica de derechos de la actora”.

Se abunda que no obra ninguna constancia con la que se acredite que las declaraciones de Gaona se materializaron en un acto concreto que vulnerara el derecho político-electoral de ser votada, en la vertiente de desempeño del cargo de Grecia Quiroz, susceptible de ser revocado a través del juicio de la ciudadanía presentado, “dada la naturaleza eminentemente restitutoria que este tiene, la cual no constituye un mecanismo preventivo para controvertir actos inciertos”.

Respecto al asunto, la presidenta del Tribunal, tras manifestar que votaría en contra del proyecto de sentencia presentado, explicó sus razones.

“Mi postura, evidentemente es reconocer que los JDC -los Juicios de la Ciudadanía- tutelan afectaciones en casos del ejercicio del cargo, materiales, buscando la reivindicación del derecho.

“No obstante, no todos los casos dependen de que la restricción llegue a materializarse físicamente, desde mi perspectiva, sujetar a la actora a ello exige una carga desproporcionada y no compatible con el derecho a la tutela judicial efectiva. Además, considero que manifestaciones cuando tienen el carácter de autoridad sí pueden representar un obstáculo potencial que puede vulnerar derechos político-electorales”, refirió.