Multarán a transportistas por cada pasajero
Multarán a transportistas por cada pasajero

Multarán a transportistas por cada pasajero que no use cubrebocas; la multa será de 89.62 pesos por cada personas que no use mascarilla

Morelia, Michoacán.- El reglamento de la Ley que regula el uso de cubrebocas en Michoacán ya fue emitido y multarán a transportistas por cada pasajero que no use cubrebocas.

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El artículo 13 del reglamento a la letra refiere:

“En el caso del transporte público, los concesionarios o permisionarios que no usen o verifiquen el uso correcto de cubrebocas, también serán sancionados de la forma siguiente:

I. Con multa de una UMA por cada pasajero que no utilice cubrebocas.

II. Con multa de hasta 30 UMAS cuando quien no cuente con cubrebocas sea el conductor. Las multas no podrán exceder, conjunta o individualmente, de 30 UMAS respecto de una misma persona y serán independientes de las que corresponda imponer a los usuarios infractores o al conductor u operador según proceda”.

Ley de Uso Obligatorio del Cubrebocas

Es decir, si en una combi o camión, varios pasajeros no traen cubrebocas y/o se niegan a usarlo, el chofer deberá ser multado con 89.62 por cada una de las personas que no usen mascarilla. Además, el pasajero también será sancionado de manera independiente conforme lo mandata la Ley.

Y en el caso de que sea el propio chofer quien no use el cubrebocas, la multa sería de hasta dos mil 688 pesos. Con ello, se podría entender que los choferes del transporte público deberán exigir a sus usuarios el uso de mascarilla y de no hacerlo, podrían ofrecerles una o incluso estarían en la libertad de negarles el servicio.

El reglamento señala también que la vigilancia para el uso del cubrebocas y que además, el mismo sea de manera correcta, estarán las brigadas de los “guardianes de la salud” que pertenecen a la Coepris, así como los ayuntamientos y la propia Secretaría de Salud.

Para el caso de establecimientos comerciales aplicará la misma regla, los dueños y/o encargados del lugar, deberán exigir el uso de cubrebocas dentro de sus instalaciones, con las excepciones que se marcan cuando se trate de sitios para comer o beber.

De no cumplir con la Ley, los dueños y/o encargados serán multados por cada una de las personas que no usen el cubrebocas dentro del establecimiento y, en el caso de que sean los trabajadores del mismo quienes no acaten la regla, subirá el monto de la multa.

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La autoridad sanitaria en Michoacán, ha establecido que el dinero que se recaude a través de las multas por el no uso del cubrebocas o bien, por las fianzas en casos de reincidencia, será utilizado para operaciones sanitarias, principalmente para el combate del Covid-19.

Importante es mencionar que las autoridades han reiterado el llamado para que la población acate las recomendaciones sanitarias, a fin de frenar la cadena de contagios y no colapsar el sistema de salud que ya se encuentra saturado en la mayoría de los municipios michoacanos.

Ireri Piña es licenciada en Periodismo, reportera de Educación, Turismo, multifuente. Contadora de historias y causas sociales; michoacana, moreliana