Por discriminación, sancionan a Bárbara Ramírez, exdirectora de Derechos Humanos del gobierno estatal
Bárbara Ramírez Pedraza durante el evento en que ejerció discriminación en 2022. Foto. Archivo

La exdirectora de Derechos Humanos del Gobierno de Michoacán, Bárbara Ramírez fue sancionada por discriminación en un evento estatal en 2022 hacia personas con discapacidad auditiva.

Morelia, Michoacán.- Por discriminación, Bárbara Ramírez Pedraza, quien fuera directora de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobierno del Estado, fue sancionada por el Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en Michoacán.

En una decisión que tardó más de tres años y medio en ser tomada, la hoy subsecretaria de Fomento y Desarrollo de las Mujeres del estado, el Consejo determinó que la funcionaria menoscabó e impidió los derechos humanos de las personas con discapacidad y con discapacidad auditiva.

Este caso data del 2022, cuando durante un evento en la plaza de San Francisco en Morelia, durante un evento del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla con motivo de su primer informe de gobierno, se destinó un área de sillas para personas con discapacidad auditiva cercana del templete a fin de que pudieran ver al intérprete de lengua de señas.

La entonces directora de Derechos Humanos del Estado, buscando un sitio privilegiado para el evento, optó por ocupar uno de los lugares, y cuando los integrantes de la comunidad sorda le pidieron respetar el espacio, se negó a hacerlo refiriéndoles que a ellos sólo los querían “para la foto”.

El Consejo determinó procedente la denuncia contra Bárbara Ramírez al acreditarse los elementos de la discriminación, con los que se establece que “incurrió en acciones que constituyeron violaciones a los derechos humanos, y con ello “dejo de respetar, proteger y garantizar el derecho a la no discriminación y el derecho a la igualdad de trato de las personas con discapacidad, la comunidad sorda y de los ciudadanos Rodolfo López Espinoza y José Alfredo León Lugo, restringiendo el acceso a los espacios destinados a este sector de la sociedad”.

En el documento que contiene la resolución administrativa contra Ramírez, se establece que conforme a la Ley “el Estado tiene la obligación de respetar plenamente los derechos humanos, lo que quiere decir que, todas la personas, máxime las y los servidores públicos deben procurar abstenerse de realizar cualquier acción u omisión que ponga en riesgo la dignidad e integridad de cualquier persona o que restrinja sus derechos”.

Precisa además que las acciones de Bárbara Ramírez vulneraron los principios de igualdad y no discriminación, lo que constituyó discriminación y violencia institucional y social, hechos sobre los que no existe justificación por impedir el acceso a espacios destinados a la inclusión, como el evento referido.

Es así como el Consejo determinó imponer a la funcionaria una amonestación pública por actos de discriminación, además de dar vista a la Secretaría de Contraloría para que, en su caso, determine responsabilidades administrativas.

Asimismo, deberá tomar un curso de sensibilización sobre igualdad y no discriminación en un plazo máximo de 30 días hábiles, y deberá emitir una disculpa pública dirigida a las personas afectadas, en especial a personas con discapacidad y la comunidad sorda, en la que deberá reconocer la responsabilidad, aceptar los hechos, realizarse en un acto público e incluir interpretación en Lengua de Señas Mexicana.