SCJN avala reglas de no reprobación en escuelas de México
Escuelas particulares deberán adaptar sus reglamentos internos a las disposiciones de la SEP y la Corte. / Foto: Especial

El Pleno de la SCJN avaló prohibir a las escuelas, reprueben automáticamente alumnos de Educación básica en México

Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el Acuerdo 10/09/23 de la Secretaría de Educación Pública (SEP). Con este fallo, queda prohibido que las escuelas de educación básica reprueben automáticamente a los alumnos por no alcanzar el 80% de asistencia o por adeudar materias en México.

La resolución surge tras el amparo promovido por el Colegio El Roble, en el Estado de México, institución que alegaba una afectación a la “excelencia educativa”. Sin embargo, los ministros determinaron que el acuerdo protege el interés superior de la niñez y evita la deserción escolar en planteles públicos y privados.

Reglas de promoción en Primaria y Secundaria

La SCJN validó que los estudiantes puedan ser promovidos al siguiente grado bajo los siguientes criterios oficiales:

  • Preescolar y 1º de Primaria: Promoción automática por el solo hecho de cursar el grado.
  • Primaria: El alumno podrá pasar de año con hasta cuatro materias no acreditadas, quedando sujeto a procesos de regularización. Si reprueba cinco o más, repetirá el grado.
  • Secundaria: Se permite la promoción con hasta cuatro disciplinas reprobadas, siempre que el estudiante se someta a regularización.
  • Asistencia: Deja de ser obligatoria la asistencia mínima del 80% para acreditar el ciclo escolar.

Alcance nacional: Escuelas privadas obligadas

La Corte fue enfática al señalar que esta resolución es obligatoria para todo el Sistema Educativo Nacional. “Ningún plantel, aunque sea particular, puede fijar reglas que contradigan el acuerdo en materia de promoción automática”, sostiene el criterio jurídico que vincula a las instituciones incorporadas.

Pese a las críticas de sectores que señalan una posible baja en la exigencia académica, la SCJN consideró que una medición numérica no debe truncar la trayectoria de los menores. El enfoque ahora es formativo y progresivo, obligando a las escuelas a ofrecer opciones de regularización en lugar de la exclusión inmediata.