El Senado autoriza portar armas a funcionarios de CFE, Pemex y SAT, reforzando la seguridad en áreas estratégicas.
El Senado de la República ha dado luz verde a una reforma crucial en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, permitiendo que ciertos funcionarios de empresas paraestatales y organismos autónomos puedan portar armas.
Con 105 votos a favor, la iniciativa, originada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, ha sido enviada al Congreso de la Unión y ahora espera la aprobación de la titular del Ejecutivo Federal, Claudia Sheinbaum Pardo.
La reforma autoriza a funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Petróleos Mexicanos (Pemex), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre otros, a obtener licencias de portación de armas, siempre que justifiquen su necesidad y cumplan con los requisitos legales.
“En México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública. Por ello, en esta iniciativa de ley, se propone que integrantes de empresas públicas, paraestatales, órganos autónomos (entre otros CFE, Pemex, Banxico, Casa de moneda, SAT) y personas físicas o morales (empresas de seguridad privada), puedan portar armas de fuego para el desarrollo de funciones de seguridad que emita la Sedena”, se detalla en la propuesta de López Obrador.

Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
La legislación endurece las penas para quienes introduzcan armas o aditamentos prohibidos al país, con sanciones que van de siete a treinta años de prisión y multas significativas.
Además, el uso indebido de explosivos o sustancias químicas exclusivas de la Fuerza Armada será castigado con penas de seis a doce años y multas adicionales.
Nuevas disposiciones también afectan a la charrería, permitiendo el uso de revólveres de mayor calibre como parte del atuendo tradicional, siempre que estén descargados.
Asimismo, la fabricación o uso de dispositivos que transformen armas semiautomáticas en automáticas queda estrictamente prohibida, incluyendo aquellos creados con tecnología 3D o métodos artesanales.
Se prohíbe también el uso de accesorios como equipos de visión nocturna, miras holográficas o térmicas.