El senador Arturo Zamora Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRI, propuso reformar la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y el Código Penal Federal, a fin de establecer mecanismos para sancionar los delitos contra la identidad de las personas.

La iniciativa que presenta, junto con el senador Carlos Romero Deschamps, también del PRI pretende recoger las experiencias internacionales más exitosas de tipificación de este tipo de delitos, a fin de establecer en el Código Penal Federal tipos penales que contribuyan verdaderamente a la supresión de esta clase de conductas, cuyo bien jurídico tutelado es el derecho fundamental a la protección de la vida privada y de los datos personales.

En dicho Código no se establece un modelo delictivo o tipo penal cuyo objeto sea proteger como bien jurídico los datos de identidad de las personas, por lo que ninguno de estos modelos penales de falsedad puede tener aplicación típica a las conductas que implican la usurpación de datos de identidad, enfatizó el senador priista.

En este sentido, señaló, sólo se admitirá la expresión robo de identidad para describir un problema que preocupa a la sociedad, pero sin que ésta tenga mayor implicación en la tipología penal. Tampoco se utilizará el termino suplantación de identidad, pues esta expresión se aplica a dos conductas y se materializa cuando una persona ilícitamente se hace pasar por otra.

La expresión más adecuada, precisó, es delitos contra la identidad de las personas, y aunado a esto, los nuevos tipos penales que plantea la propuesta, son los mínimos que requiere la sociedad para responder al fenómeno delictivo, pues definen y castigan conductas novedosas como el pishing –obtención fraudulenta de datos de identidad por delincuentes que se hacen pasar por una persona confiable–, el skimming –clonación de tarjetas de crédito o débito a través de un dispositivo llamado skimmer, o el hackeo que detecta la vulnerabilidad de las bases de datos en línea para apropiarse de ellas, entre otras.

La iniciativa busca modificar el Código Penal Federal para incluir en su libro segundo un nuevo título XXVII, destinado a tipificar penalmente las conductas ilícitas que atenten genéricamente contra la identidad de las personas, a partir de la obtención ilícita o bien, el uso y la transmisión indebida de información relacionada con la identidad de las personas.

En cuanto a las penas aplicables, propone límites mínimos y máximos que permitan al delincuente menos peligroso obtener el beneficio de condena condicional en su primera participación delictiva. Sin embargo, en las conductas que implican una mayor peligrosidad o un nivel de mayor daño social se han dispuesto penalidades que van de los cinco a los doce años de prisión, lo cual impedirá que estos delincuentes reciban indulgencias por parte de la sociedad que agraviaron.

En este sentido, la propuesta plantea sancionar con penas de dos a cuatro años, y de cinco a doce años de prisión las acciones relativas al tratamiento ilícito de datos de identidad.

Asimismo, que los delitos relativos a la expedición y uso ilícito de documentos de identidad, la intrusión a la seguridad informática, la suplantación de usuario de tarjetas de crédito o débito, el uso ilícito de datos de identidad en sistemas informáticos, se sancionarán con penas de cinco a 12 años de prisión.

Por otra parte, el legislador informó que de acuerdo a datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef), en 2011 fueron atendidas cuatro mil quejas por presunto robo de identidad, cifra que se elevó a 10 mil quejas en 2015, en tanto que en el sistema bancario mexicano se presentaron 59 mil 250 quejas por sucesos de esa misma naturaleza.

De sumarse todos los casos relacionados con el robo o usurpación de identidad de usuarios en los servicios financieros –según la Condusef– las quejas podían llegar a más de 100 mil, vinculadas a servicios que representaron aproximadamente 762 millones de pesos en 2014, y que en 2015 aumentaron a 976 millones de pesos, sin tomar en consideración el alto impacto económico de otros actos delictivos que se suscitan fuera del sistema financiero.

La iniciativa que prevé derogar el Capítulo XI de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, denominado “De los delitos en materia del tratamiento indebido de datos personales”, y adicionar un Título Vigésimo Séptimo al Libro Segundo del Código Penal Federal, denominado “Delitos contra la identidad de las personas”, se turnó a las comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda.