Advierte UMSNH intervención judicial arbitraria en su autonomía; ve irregularidades en fallos
Los casos de la Facultad de Derecho y del ININE permanecen en litigio ante los juzgados Tercero y Séptimo de Distrito en Michoacán. Foto: Especial

La UMSNH enfrenta un debate sobre la intervención judicial en su autonomía, cuestionando las suspensiones provisionales otorgadas por jueces federales.

Morelia, Michoacán.- La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) advirtió que las resoluciones emitidas por los jueces federales Rafael Linares Rivera, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Michoacán, y Jorge López Rincón, del Juzgado Séptimo de Distrito, en dos juicios de amparo distintos, han abierto un debate sobre los alcances de la intervención del Poder Judicial en la vida interna de una institución con autonomía.

Los expedientes corresponden a dos asuntos diferentes

El primero involucra la suspensión del director de la Facultad de Derecho, Sergio Carmelo, mientras que el segundo está relacionado con la representación del Instituto de Investigaciones Económicas y Empresariales (ININEE) en el Consejo Universitario.

En ambos casos, los jueces concedieron suspensiones provisionales que modificaron temporalmente decisiones adoptadas por órganos de gobierno de la Universidad.

Contramuro solicitó entrevista al juez Jorge López Rincón para conocer su postura respecto de los señalamientos formulados por la Universidad. Sin embargo, el juzgador declinó emitir declaraciones al señalar que, por disposición legal y ética, no puede pronunciarse sobre asuntos sometidos a su conocimiento, pues ello podría comprometer su facultad para resolverlos, generar interpretaciones entre las partes o implicar la divulgación de información reservada de los expedientes.

La autonomía universitaria, reconocida en el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, faculta a las universidades públicas para gobernarse a sí mismas, expedir su propia normativa, elegir a sus autoridades, administrar su patrimonio y resolver sus asuntos internos.

No obstante, esa autonomía no es absoluta, ya que sus actos pueden ser revisados mediante el juicio de amparo cuando algún integrante de la comunidad considera vulnerados sus derechos fundamentales. El debate jurídico que hoy enfrenta la UMSNH radica precisamente en definir hasta dónde puede intervenir un juez federal en decisiones internas de una universidad autónoma antes de resolver el fondo de un litigio.

En entrevista con Contramuro, el secretario general de la UMSNH, Javier Cervantes Rodríguez, sostuvo que el problema no es la existencia de los juicios de amparo, sino que las suspensiones provisionales fueron concedidas antes de que la Universidad pudiera exponer plenamente las razones jurídicas que sustentan sus decisiones.

“Consideramos que sí están transgrediendo la autonomía de la Universidad”, afirmó el funcionario, quien recordó que la Constitución y la Ley Orgánica de la UMSNH le reconocen facultades para organizar su gobierno interno y resolver procedimientos conforme a su propia normativa.

Explicó que, desde la perspectiva de la administración universitaria, los juzgados pudieron admitir las demandas de amparo y esperar a conocer el informe de la Universidad antes de ordenar medidas provisionales que modificaran el estado de las cosas.

“El juzgado, con la información que presenta el quejoso, concede la suspensión y nos ordena actuar sin siquiera darnos oportunidad de informar cuál es la situación”, señaló.

En el primero de los casos, el Consejo Universitario acordó suspender temporalmente a Sergio Carmelo como director de la Facultad de Derecho después de conocer la existencia de procedimientos abiertos en su contra ante el Tribunal Universitario, la Contraloría y la Defensoría de los Derechos Humanos Universitarios.

De acuerdo con Cervantes Rodríguez, entre los elementos valorados por el máximo órgano de gobierno universitario se encuentran denuncias por presunta violencia de género, observaciones derivadas de auditorías, retrasos en la gestión de pagos para cerca de 300 materias impartidas por docentes de asignatura y otros procedimientos administrativos.

Tras esa decisión, Sergio Carmelo promovió diversos juicios de amparo y obtuvo suspensiones provisionales que permitieron, en distintos momentos, su restitución temporal en el cargo.

No obstante, el secretario general aseguró que actualmente el académico ya no se encuentra al frente de la Facultad de Derecho debido a una nueva suspensión derivada de un procedimiento iniciado por la Contraloría Universitaria, por lo que el despacho permanece a cargo de la doctora Leticia Padilla.

El segundo asunto corresponde al ININEE, donde la estudiante Carolina Fernández promovió un juicio de amparo al considerar vulnerado su derecho a participar y ser electa como consejera universitaria.

La Universidad sostiene que ese instituto no podía desarrollar el proceso electoral debido a que desde hace más de un año y medio carece de director y, en consecuencia, no existía autoridad facultada para conducir legalmente la elección conforme a la normativa universitaria.

Sin embargo, el juzgado concedió una suspensión provisional y posteriormente ordenó garantizar la representación del instituto mediante la toma de protesta de la consejera electa.

Para la administración central, esa resolución obliga a reconocer un procedimiento cuya legalidad continúa siendo materia de controversia.

La postura de los promoventes del amparo es distinta

Carolina Fernández y el consejero docente Jerjes Iscoatl Aguirre Ochoa sostienen que el ININE sí contaba con facultades para organizar la elección, al argumentar que el Reglamento Interior del Consejo Técnico establece que, en ausencia de la directora, el secretario académico asume las funciones de la presidencia de ese órgano colegiado.

Con base en esa interpretación realizaron el proceso electoral y posteriormente acudieron al juicio de amparo para solicitar la protección de los derechos de representación de estudiantes y profesores del instituto, al considerar que la Universidad les impidió integrarse al nuevo Consejo Universitario pese a haber celebrado la elección.

Durante una conferencia de prensa, ambos señalaron que el conflicto trasciende el caso del ININEE, pues sostienen que ninguna comunidad universitaria debe quedar sin representación en el máximo órgano de gobierno de la Casa de Hidalgo y que la intervención judicial busca garantizar ese derecho.

Mientras la Universidad sostiene que las resoluciones provisionales de los jueces Rafael Linares Rivera y Jorge López Rincón pueden abrir la puerta a una intervención del Poder Judicial en decisiones reservadas a la autonomía universitaria, los promoventes de los amparos argumentan que esa misma intervención resulta necesaria cuando consideran que una autoridad universitaria vulnera derechos de integrantes de su comunidad.

Los dos juicios continúan en trámite y será hasta que los juzgados resuelvan el fondo de cada amparo cuando se determine si las decisiones impugnadas se ajustaron o no al marco constitucional.