Ley del Notariado de Michoacán
Ley del Notariado de Michoacán

Morelia, Michoacán, 29 de mayo de 2020. El pleno del Congreso del Estado, recientemente en la sesión extraordinaria de este viernes la iniciativa para reformar la Ley del Notariado del Estado de Michoacán de Ocampo, luego de las y los legisladores de las Comisiones Unidas de Justicia y Gobernación analizaron y discutieron diversas reformas.

Entre los cambios se encuentra una actualización al artículo 3 ° en donde estipula que se les denomina Notario Titular, Notaria Adscrito o Sustituto, de igual forma se establece que este último no tiene derecho de réplica cuando el notario titular decida cambiarlo o conectarlo.

Las diputados integrantes de la LXXIV legislatura coincidieron en la importancia de esta iniciativa, pues señalaron con la misma se restablecen los pasos y el procedimiento que se debe seguir para ser notario, es decir que tendrán que presentar el examen ante la Dirección del Notariado y Archivo General de Notarías de la Secretaría de Gobierno, en coordinación con el Consejo del Colegio de Notarios del Estado, en el cual se demuestre experiencia, capacidad y eficiencia en el desempeño de la función notarial; y ocupará la autorización del Gobernador del Estado.

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Otro de los cambios más sustanciales que se requieren con estas reformas es que la licencia ahora puede ser solicitada hasta por tres años, una diferencia de cómo se afectan con anterioridad que pueden ser solicitados licencia por uno