El INE desmantela el Consejo General del IEM, destituyendo a su presidente y tres consejeros por violar el principio de legalidad.
Morelia, Michoacán.- Por mayoría, el Instituto Nacional Electoral (INE), concretó este viernes el desmantelamiento del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), al destituir al presidente del organismo, así como a tres consejeros electorales. Una consejera más, renunció previamente a que se concretara la medida.
La decisión se relaciona con el expediente UT/SCG/PRCE/JMGR/JL/MICH/18/2025, abierto en contra del presidente del IEM, Ignacio Hurtado Gómez, así como de los consejeros Juan Adolfo Montiel Hernández, Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León, Claudia Marcela Carreño Mendoza y Silvia Verónica Mauricio Salazar. La destitución aplica sólo en el caso de los cuatro primeros, ya que la última presentó ayer su renuncia anticipándose al resultado que se preveía sobre este caso.
La decisión que paralizará los trabajos previos al arranque del proceso electoral en Michoacán -hasta en tanto no se nombren las vacantes generadas- fue avalada por los consejeros Guadalupe Taddei Zavala, Frida Gómez Puga, Jorge Montaño Ventura, Carla Humphrey Jordán, Arturo Chávez López, Norma De la Cruz Magaña, Arturo Castillo Loza y Blanca Yassahara Cruz García.
Los consejeros Uuc-kib Espadas Ancona, Martín Faz Mora y Rita Bell López Vences, votaron en contra de la resolución planteada por la secretaría general del INE, en la que se determinó “fundado el procedimiento de remoción incoado en contra del consejero presidente, consejero y consejeras electorales denunciadas”.
La querella contra la determinación tomada por los consejeros fue promovida por José Manuel Guerrero Rascón, quien argumentó que los consejeros asumieron una competencia que “constitucional y legalmente solamente corresponde al Congreso del Estado de Michoacán” al haber nombrado un encargado de despacho en el Órgano de Control Interno del IEM.
En la sesión del Consejo General del INE, el representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra, alertó que una decisión de esta magnitud “no sólo tiene efectos para las personas involucradas, sino también sobre la continuidad de los trabajos institucionales, la estabilidad operativa del organismo y la percepción ciudadana respecto de la independencia y autonomía de las autoridades electorales locales. A ello se suma que nos encontramos a unos días de que inicie el proceso electoral”.
El consejero Uuc-kib Espadas Ancona al hacer uso de la palabra, reconoció que hubo irregularidades en la designación provisional de un contralor sin facultades legales, pero sostuvo que no se acreditó una gravedad suficiente para justificar la remoción de los consejeros. También señaló que el nombramiento, vigente solo nueve días, no produjo efectos materiales, controversias ni decisiones cuestionadas, y ocurrió en un contexto de vacío institucional dentro de un procedimiento en el que el instituto tenía participación, al tiempo que recordó que el Congreso no objetó la designación y que una impugnación que se promovió ante el Tribunal Electoral quedó sin materia.
“Me parece que la remoción sería excesiva e incluso podría llegar a vulnerar el principio constitucional de proporcionalidad de las sanciones”, y advirtió que remover a los integrantes del organismo obligaría a designar sustitutos con premura y fuera de los tiempos reglamentarios, si certeza de alcanzar la mayoría calificada necesaria para nombrarlos, como ya ocurrió en un proceso anterior, y recordó que incluso si se lograra, cinco nuevos consejeros, incluida la presidencia, tendrían apenas dos meses para organizar la elección en Michoacán, uno de los estados más complejos del país, por lo que consideró que ese riesgo es mayor que la falta atribuida a los consejeros.
“Si la mayoría calificada para designar a quienes deben ocupar los cargos vacantes no se lograra, y ésta es una posibilidad real, pues tenemos antecedentes suficientes para suponerlo, el Instituto Nacional Electoral no tendría más alternativa que asumir directamente la organización del proceso electoral de Michoacán, sin contar necesariamente con todas las capacidades instaladas para hacerlo en las mejores condiciones”, apuntó Uuc-kib Espadas.
Por su parte el consejero Martín Faz Mora, previo a votar contra la remoción, refirió que la conducta atribuida a las consejerías del IEM no reviste la gravedad necesaria para aplicar la máxima sanción, y argumentó que actuaron para garantizar el funcionamiento del Órgano Interno de Control ante un vacío legal sobre su suplencia, mediante una decisión colegiada, pública y basada en una interpretación jurídica, sin dolo, beneficio indebido ni afectación a la función electoral. Alertó de los riesgos de remover a la mayoría de sus integrantes, a meses del proceso electoral, lo que a su juicio tendrá consecuencias mucho más graves que la actuación cuestionada.
El representante del PRI, Emilio Suárez Licona, recordó que los precedentes del INE y de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, han sido claros al sostener que no todo error interpretativo o desacierto jurídico conduce, por sí mismo, a la consecuencia extrema de la remoción, y que el estándar debe ser el de una falta de especial gravedad, pues, de otra forma, se correría el riesgo de convertir diferencias interpretativas en causas de separación del cargo, lo que a su juicio no abona a la certeza ni a la estabilidad institucional.
El priista hizo un llamado para ponderar las consecuencias institucionales que una remoción puede generar, “particularmente cuando nos encontramos próximos al inicio del proceso electoral de 2027, así como la existencia de tareas constitucionales y legales cuya continuidad resulta indispensable para garantizar el adecuado funcionamiento electoral”.
Guadalupe Taddei Zavala, presidenta del INE, apuntó que el caso no constituye una simple diferencia de interpretación, sino una violación al principio de legalidad, al considerar que el Consejo General del IEM asumió una facultad exclusiva del Congreso. Afirmó que la urgencia no crea atribuciones, que la colegialidad no convalida actos ilegales y que la posterior designación realizada por el Congreso no elimina la responsabilidad de quienes actuaron sin competencia, por ello, votó por la destitución y dijo que proteger la autonomía de los órganos electorales exige el estricto respeto al marco legal.

