anulación de sentencia a Mario Aburto
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La FGR impugnó ante la SJCN la anulación de sentencia del asesino confeso de Luis Donaldo Colosio, por la que quedaría libre en 2024

Ciudad de México.- La Fiscalía General de la República (FGR) impugnó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la anulación de sentencia dictada a Mario Aburto, culpable confeso del asesinato en 1994 del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio Murrieta.

Luego de 29 años de cárcel, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México emitió un fallo a favor de la cancelación de la pena de 45 años dictada contra Aburto, ordenando una nueva sentencia con el argumento de que el asunto corresponde al fueron común y no al federal, porque el ordenamiento legal del estado de Baja California, donde aconteció el magnicidio, señalaba una pena de 30 años.

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En respuesta, la FGR interpuso el alegato que expresa lo siguiente:

“En este asunto, el Tribunal Colegiado introdujo unilateralmente un tema que no estaba en la litis original del amparo de Mario “A”, ignorando la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo que afectó gravemente a la democracia de México; al proceso electoral para la Presidencia de la República; así como al avance en materia de participación ciudadana; que quedaron gravemente lastimados en todo el país.

Esta preponderancia está sustentada en el marco jurídico de carácter federal y de interés público, establecido en la Constitución General de la República, fundamentalmente en sus artículos 41, 73 y 104, que ubican claramente el ámbito de defensa federal sobre cualquier hecho que lastime, detenga o lesione la democracia en México; su proceso electoral; y una elección presidencial, que en este caso consistió en atacar y darle muerte a uno de sus participantes principales que oficialmente estaba acreditado para tal función democrática; lesionando gravemente todos esos valores y sus derechos fundamentales, de conformidad con lo que señalan la Constitución y la ley, así como los principios básicos de justicia que rigen para el Estado Mexicano; para su democracia; y para su estructura electoral y presidencial.

También, la determinación del Tribunal Colegiado omitió dar vista y escuchar a las víctimas directas e indirectas de este grave delito, dejando en estado de indefensión al Estado mismo, a sus instituciones, y a las personas individuales afectadas; lo cual debe ser restituido, por elemental justicia.

Al abrir este caso desde su origen, el Tribunal Colegiado da lugar a que, desde el mismo origen, se analicen y se valoren todas las pruebas que existen en favor de todas las víctimas ya señaladas.

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Por lo anteriormente expuesto, el Ministerio Público de la Federación (MPF), que es una institución de buena fe; que representa al Estado Mexicano y a las víctimas de tan grave delito; tiene la obligación insoslayable de defender todos los principios jurídicos y los derechos ya señalados.”

Debido al paro nacional de labores en los juzgados, en protesta contra la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), el caso se traslada a la SCJN.