El tema de la reelección nos llegó de sopetón: Ignacio Hurtado
Foto archivo: Raúl Tinoco/ Contramuro

Morelia, Michoacán.-347 medios impugnación, mismos que desagregados correspondieron a 179 Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano; 70 Juicios de Inconformidad; 48 Recursos de Apelación; 49 Procedimientos Especiales Sancionadores y 1 Recurso de Revisión, son algunos de los números que presentó el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), Ignacio Hurtado Gómez, en el informe de actividades de este órgano.

Así pues, Ignacio Hurtado también informó que se recibieron 38 medios de impugnación relacionados con derechos de las comunidades de origen y con temas sobre ejercicio y desempeño del cargo en ayuntamientos y con motivo de la sustanciación de la totalidad de esos medios de impugnación, y una vez acumulados algunos de ellos, el TEEM emitió 293 sentencias.

El Magistrado Presidente detalló que como resultado de reencauzamientos, acumulaciones, escisiones y cumplimientos de sentencias, igualmente se dictaron 145 acuerdos plenarios durante las 113 sesiones públicas y en 170 reuniones internas celebradas en el periodo que se informa.

Así pues, refirió que con motivo de la tramitación de los diversos medios de impugnación, se integraron 217 cuadernos de antecedentes, y se realizaron 10 mil 472 notificaciones personales y por estrados, al tiempo que se recibieron cinco mil 753 promociones de las partes y autoridades responsables dentro de los mencionados asuntos.

En ese sentido, Hurtado Gómez destacó también que del total de resoluciones dictadas, es decir, de las 293 sentencias y de los 145 acuerdos plenarios (438), se impugnaron ante instancias superiores un total de 108, lo que implicó que 320 resoluciones de este Tribunal no fueron combatidas, por tanto, de las 108 resoluciones impugnadas, nueve de ellas fueron revocadas, y dos más, modificadas.

“En términos numéricos, del total de nuestras 438 resoluciones, solamente en 11 casos hubo variación, esto es, en un 2.5 por ciento, destacando que dichas modificaciones y revocaciones fueron estrictamente por razones de criterio e interpretación, es decir, la exhaustividad en el estudio y análisis de las constancias en los expedientes estuvo garantizada a lo largo del actuar de este órgano jurisdiccional”, aseveró.

Por último el presidente del TEEM señaló que el Tribunal asumió su corresponsabilidad en la conducción del proceso a través de sus determinaciones, y a través de ellas se buscó proteger a la democracia, a los derechos político-electorales, y con ello la voluntad soberana de las michoacanas y michoacanos.