foto: Senado de la República
  • Aseguró que es un legítimo ejercicio de equilibrio entre los distintos Poderes del Estado, que refleja la fortaleza institucional de nuestro país.
  • Es un reconocimiento a la constitucionalidad de las actuaciones del Senado y del Congreso, dijo.

Ciudad de México.- El presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Pablo Escudero Morales, se congratuló por que se haya desestimado la acción de inconstitucionalidad con la resolución de la Suprema Corte de Justica que ratificó la validez y constitucionalidad de la modificación al artículo Cuarto Transitorio del Decreto de reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, respecto a la ampliación del periodo de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral; por lo que este legítimo ejercicio de equilibrio entre los distintos Poderes del Estado refleja la fortaleza institucional de nuestro país.

Escudero afirmó que el Senado de la República sostiene la constitucionalidad y regularidad de los actos legislativos y los nombramientos adoptados por las mayorías que ordena nuestra Constitución, en los pasados meses de octubre y noviembre de 2016, que permitieron la integración de la Sala Superior del Tribunal Electoral.

El legislador afirmó que el Senado actuó con responsabilidad y, en un entorno de pluralidad política, cumplió con la responsabilidad constitucional de realizar las designaciones que aportan al país instituciones sólidas en el sistema de medios de impugnación en materia electoral.

La Sala Superior del TEPJF resultó integrada a partir de un acuerdo político amplio, por amplias mayorías calificadas, respetando los principios de independencia y autonomía del Tribunal que prevé que la integración de órganos de estado críticos para la estabilidad democrática del país, sea realizada mediante la concurrencia de las fuerzas políticas necesarias para obtener las dos terceras partes de los miembros del Senado.

Escudero reiteró que el tema fue juzgado y ha quedado firme que los actos del Senado y del Congreso son constitucionales y válidos, pues buscó en todo momento garantizar la autonomía e independencia del Tribunal Electoral, al momento de ampliar el plazo del nombramiento de los magistrados; y, con ello, al igual que con la ley “3de3”, el Poder Judicial reconoció la constitucionalidad de las actuaciones del Senado.

Finalmente, el presidente de la Cámara alta subrayó que esta decisión fortalece el principio de independencia judicial y garantiza a los magistrados que su labor sea ejercida con plena imparcialidad y seguridad jurídica, lo que brinda estabilidad temporal en el ejercicio de su encargo para salvaguardar la pluralidad de sus criterios.