La reforma de pensiones doradas en México limita las jubilaciones excesivas en el sector público.
A partir de hoy, 11 de abril, entra en vigor en México la reforma al artículo 127 de la Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación; Esta reforma busca limitar las “pensiones doradas” en el sector público, estableciendo límites claros a las jubilaciones y pensiones.
El decreto, respaldado por el Congreso de la Unión y las legislaturas estatales, promueve la austeridad en el gasto público y define criterios estrictos para las remuneraciones de los servidores públicos, tanto en actividad como en retiro.
La medida afecta a instituciones federales, estatales y municipales, así como a organismos descentralizados y empresas de participación estatal.
Cambios al artículo 127 constitucional
La norma 127 regula las remuneraciones de los servidores públicos, estableciendo límites para salarios y pensiones, especialmente en entidades públicas.
Ningún servidor público podrá recibir una retribución mayor a la del Ejecutivo Federal. Además, ningún trabajador podrá ganar igual o más que su superior jerárquico, salvo excepciones como múltiples empleos o especialización técnica, donde las percepciones no deben superar la mitad del salario presidencial.
Las jubilaciones y pensiones del personal de confianza en organismos descentralizados, empresas públicas y otras entidades no podrán exceder la mitad de la remuneración presidencial.
Excepciones a este límite incluyen:
- – Las Fuerzas Armadas.
- – Pensiones de aportaciones voluntarias en cuentas individuales.
- – Sistemas complementarios financiados con aportaciones sindicales.
- – La pensión no contributiva constitucional.
Los artículos transitorios detallan la aplicación de estos cambios y los plazos para su implementación, incluyendo el ajuste de pensiones vigentes que superen los nuevos límites.

