Revés al Equipo por Michoacán
Revés al Equipo por Michoacán

La totalidad de los puntos que fueron presentados por el Equipo por Michoacán en el conocido como “juicio madre” fueron desechados, improcedentes o no actualizados y dan Revés al Equipo por Michoacán

Morelia, Michoacán.- La noche de este lunes el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, dio un revés al Equipo por Michoacán y ratificó por unanimidad el triunfo de Alfredo Ramírez Bedolla como gobernador de la entidad para el periodo 2021-2027.

El proyecto presentado por el magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, señala como infundados, no actualizados o improcedentes los elementos que presentó el equipo jurídico de la alianza PAN-PRI-PRD en el llamado “juicio madre” y que solicitaba la anulación de la elección a gobernador en Michoacán.

Los elementos presentados se desecharon al no acreditarse en tiempo, modo y forma, a decir del magistrado René Campos Olivos, quien votó a favor del proyecto para que no se anule la elección a gobernador y se ratifique el triunfo de Alfredo Ramírez Bedolla.

Entre otras cosas el proyecto presentado esta noche ante los magistrados señala desestimar las causales de procedencia por la anulación del 20 por ciento de las casillas, hecho que fue desestimado ya que únicamente se anularon 61 casillas en todo el territorio michoacano, lo que significa apenas un 0.99 por ciento.

En cuanto a la violencia que supuestamente se ejerció para coaccionar el voto a favor de un partido político y/o candidato, el proyecto refiere que no se actualiza la violencia generalizada, ya que las notas periodísticas y pruebas presentadas son insuficientes para demostrar los hechos.

“Se ejerció el voto de manera libre y auténtica en la mayoría del Estado, tomadno en cuenta las casillas que señala la parte actora, la irregularidad no sería determinante para el resultado de la elección; las pruebas son insuficientes para impactar en el resultado de la elección”.

Al respecto de la votación atípica, el embarazo de urnas, la presencia de servidores de la nación el día de la jornada electoral, el uso indebido de recursos públicos con fines electorales, las conferencias de prensa “mañaneras” del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, también se declararon infundados, al no acreditarse que todos esos elementos incidieron en el resultado de la elección.

En cuanto al uso electorero de la vacunación contra Covid-19, el TEEM encontró infundado el hecho; lo que tiene que ver con la coacción de votos a través de sindicatos, el Tribunal determinó que la parte demandante no ofrece pruebas con las que acredite que los sindicatos hicieron reuniones para coaccionar el voto o una convocatoria específica para ello.

La “guerra sucia” y la violación a principios constitucionales por la realización de una conferencia de prensa, en contra de Carlos Herrera Tello, también se desechó al considerar que las pruebas presentadas no son suficientes para demostrar los hechos que refieren y no se advierte que de manera indiciaria busquen un apoyo para algún partido político o candidato.

“Se confirma la expedición y entrega de la constancia de mayoría al ciudadano Alfredo Ramírez Bedolla postulado por la coalición Juntos Haremos Historia”.

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Ireri Piña es licenciada en Periodismo, reportera de Educación, Turismo, multifuente. Contadora de historias y causas sociales; michoacana, moreliana