El TEEM revocó las medidas cautelares impuestas al gobernador de Michoacán por el IEM, argumentando falta de fundamentación adecuada en la decisión.
Morelia, Michoacán.- El Tribunal Electoral del Estado (TEEM), tumbó este jueves las medidas cautelares impuestas al gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, por el Instituto Electoral del Estado (IEM), por buscar posicionar que su sucesora en el cargo sea una mujer.
Frente a la determinación, el mandatario promovió el recurso de apelación TEEM-RAP-005/2026 ante el órgano jurisdiccional, que fue resuelto este día a partir del proyecto de sentencia elaborado por la ponencia de la magistrada Alma Bahena Villalobos.
Los magistrados validaron por unanimidad el proyecto de sentencia al estimar que es fundado el agravio planteado por el Ejecutivo, “consistente en que el acuerdo de medidas cautelares carece de la debida fundamentación y motivación”, porque si bien la Secretaría Ejecutiva del IEM aludió a la existencia del principio que podría vulnerarse con el actuar del mandatario, “no justificó el temor fundado de que desapareciera la materia de controversia ante la espera del dictado de la resolución definitiva, ni la irreparabilidad de la afectación”.
También se estima que la Secretaría Ejecutiva omitió ponderar los derechos en conflicto, ni justificó las razones por las que, a su juicio, la conducta denunciada trasciende los límites del derecho afectado y se ubica en el ámbito de lo ilícito.
“Como lo sostiene el apelante, se trata de hechos futuros de realización incierta, no obstante, la autoridad responsable únicamente tomó en cuenta una de las posibilidades que pueden suceder en el futuro, al haber estimado de forma preliminar que con estas expresiones el apelante ejerce influencia sobre el electorado, pues como se menciona, cuando se trata de hechos futuros e inciertos existen múltiples posibilidades que dependen de diversos factores”.
Asimismo determinaron que a partir de un análisis provisional de los eventos denunciados puede deducirse que éstos “mantuvieron en todo momento su naturaleza estrictamente política y partidista, ya que no se detectaron elementos, expresiones o actos con tintes electorales, ni un llamado al voto que pudiera, de forma preliminar, representar una amenaza a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda”.


