Una vez más TEEM da revés a IEM y aprueba organización de debate
Foto: Alejandro García/Contramuro

Morelia, Michoacán.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en sesión pública, ordenó la inaplicabilidad del acuerdo del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) que vetaba el derecho a organizar debates entre candidatos 20 días antes de la elección del primero de julio.

Esto, al considerar que fue una medida excesiva, injustificada e inconstitucional, por ello el pleno del TEEM dio trámite al asunto TEEM-JDC-146/2018, Recurso de Apelación promovido por 14 periodistas organizados en el Grupo Morelos mismos que cuestionaron la restricción que les impuso el órgano electoral en Michoacán para poder organizar debates entre candidatos a cualquier cargo de elección popular después del 10 de junio.

El magistrado presidente del TEEM, Ignacio Hurtado Gómez indicó que se deja sin efecto para este caso específico el artículo 10 de los lineamientos generales del IEM para organizar debates 20 días antes de la jornada electoral.

Ignacio Hurtado manifestó que la restricción del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) supera criterios de proporcionalidad, carece de un fin de legitimidad y vulnera el derecho a la libertad de expresión, a la exposición de propuestas frente al electorado en detrimento de un voto informado.

En su intervención el magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras destacó que ni el IEM ni ninguna institución puede promover un veto a la libertad de expresión por lo que consideró que resulta injustificada la medida establecida por el órgano electoral.

En ese tenor fue también la magistrada Yolanda Camacho Ochoa quien tomó la palabra y señaló la relevancia de salvaguardar la libertad de expresión y derechos humanos consagrados en la Constitución y en tratados internacionales.

Por su parte René Olivos Campos, magistrado también de este tribunal electoral, mencionó que la celebración de un debate 20 días antes de la elección no afecta la veda electoral, y al contrario, sí mina el derecho al debate político, ponderado en la tesis de jurisprudencia 11/3/2008 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.