"Alito" judicial audios Sansores
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“Alito” recibe revés judicial, pero se blinda contra audios de Sansores

Ciudad de México.- Un tribunal federal revocó la suspensión concedida a favor del líder nacional del PRI, Alejandro “Alito” Moreno, con la que se prohibió a la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, difundir audios o hacer pronunciamientos sobre él.

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La suspensión revocada por el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal de Nuevo León fue la que concedió un juez federal en dicha entidad que, a su vez, envió el expediente de amparo a Campeche para que esa entidad resuelva el amparo.

Según los magistrados, el juez de Nuevo León no tenía competencia para conceder la suspensión, debido precisamente, a que declinó conocer del caso para que lo resolviera el juez de Campeche.

“Jurídicamente no fue correcto que el juez de Amparo admitiera la ampliación de la demanda, puesto que ya se había declinado a la competencia y, por ello, no podía pronunciarse sobre ese tópico hasta en tanto el Juzgado residente en Campeche le informara si la acepta o no, quien en todo caso estaría obligada a proveer sobre la ampliación de la demanda y la suspensión del acto”, concluyeron los magistrados.

Añadieron que el juez tampoco podía pronunciarse sobre la suspensión de plano porque, aunque se trataba de actos prohibidos por el artículo 22 constitucional que deben proveerse a prevención, en el caso de “Alito” el secretario encargado del despacho ya se había pronunciado anteriormente a esos actos negando la suspensión de plano, acto que no fue impugnado por el quejoso.

Este lunes, el juez Segundo de Distrito en el estado de Campeche rechazó conocer del amparo tramitado por el líder tricolor afirmando que en su demanda no señaló autoridad responsable alguna que resida dentro de la jurisdicción de dicho juzgado, esto, pese a que Moreno señaló directamente como autoridad responsable a la gobernadora de la entidad.

“Los actos reclamados tienen ejecución en el lugar en que se dictaron los mismos, pues se advierte que el promovente ni siquiera señaló autoridad responsable alguna que resida dentro de la jurisdicción de este Juzgado de Distrito, por lo que respecta a los actos reclamados por el quejoso consistentes en la orden de aprehensión, citación y/o orden de comparecencia, así como su ejecución; situación que haría competente a este órgano jurisdiccional para conocer la presente demanda de amparo.

“En tales condiciones, no se acepta la competencia planteada, con fundamento en lo establecido en el párrafo segundo del artículo 48 de la Ley de Amparo, comuníquese lo anterior al Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, para los efectos legales conducentes”, señaló el juez.

Con esta determinación, la competencia para resolver el amparo solicitado por “Alito” Moreno será resuelta por un tribunal Colegiado, mientras tanto, la gobernadora Sansores ya no tiene impedimento para difundir audios o hacer manifestaciones sobre el líder nacional del PRI.

Con información de Proceso

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